La UE presiona para reclasificar a los trabajadores de las plataformas, pero ¿cómo reaccionarán?

La Directiva de la UE sobre plataformas de trabajo pretende acabar con la clasificación errónea de los trabajadores y los algoritmos de explotación, pero su éxito depende de que las plataformas cumplan realmente la normativa.


Tras dos turbulentos años de negociaciones entre la Comisión Europea, el Parlamento y el Consejo, la Unión Europea ha acordado por fin un marco jurídico innovador: la Directiva sobre el trabajo en plataformas. Esta Directiva pretende abordar dos problemas acuciantes: la clasificación errónea de los trabajadores de plataformas y los retos que plantea la gestión algorítmica.

A pesar del reconocimiento de los retos, hay un considerable optimismo sobre este paso adelante. En los próximos dos años, se espera que los Estados miembros incorporen la Directiva a su legislación nacional, estableciendo una presunción de empleo para los trabajadores de plataformas y creando mecanismos para evitar usos opacos y explotadores de la gestión algorítmica. Sin embargo, hay una cuestión crucial que se ha pasado por alto en gran medida: ¿cómo responderán las plataformas a estos cambios normativos?

La mayoría de las partes implicadas en el proceso asumen que, a pesar de su anterior resistencia a la directiva, las plataformas cumplirán los nuevos marcos normativos en todos los países en los que operen. Esta expectativa se ajusta a los principios fundacionales de la UE de una economía de mercado. Sin embargo, la naturaleza adaptable de las empresas de plataformas puede complicar este proceso, o incluso hacerlo descarrilar.

Las plataformas se han descrito a menudo como «camaleones institucionales» debido a su capacidad para remodelar sus modelos de negocio y estrategias operativas para adaptarse a diferentes contextos sociales y jurídicos. Como se muestra en nuestra investigación, publicada recientemente en Socio-Economic Review, esta adaptabilidad permite a las plataformas navegar por el panorama normativo de maneras que pueden obstaculizar la reclasificación efectiva de los trabajadores de plataformas, socavando la intención de la Directiva de proteger a los trabajadores de la precariedad. Esta preocupación fue destacada por la Comisaria Schmidt cuando se publicó el primer borrador de la directiva.

Para comprender mejor cómo podrían desarrollarse los acontecimientos, nuestro estudio examinó España, el primer Estado miembro de la UE que introdujo una presunción refutable de empleo para los trabajadores de plataformas (aunque limitada a los mensajeros) en su Código Laboral. Esta reforma, conocida como la Ley de Mensajeros, entró en vigor en agosto de 2021, antes del primer borrador de la directiva de la UE. Nuestras conclusiones, basadas en el primer año de aplicación de la ley y en las respuestas de tres grandes plataformas, sugieren que el pleno cumplimiento de la ley no puede darse por sentado.

Incluso la más cumplidora de las tres empresas -a pesar de apoyar públicamente la Ley de los Motociclistas- recurrió a acuerdos de trabajo a tiempo parcial para los mensajeros. Sin embargo, muchos de ellos trabajaban casi a jornada completa aprovechando la normativa española sobre horas extraordinarias. Este sistema, combinado con los turnos rotativos, provocó incertidumbre en los ingresos y dificultades para mantener un equilibrio saludable entre la vida laboral y personal de muchos trabajadores. Algunos entrevistados informaron de ritmos de trabajo intensos, cargas de trabajo excesivas y una microgestión intrusiva por parte de los expedidores, lo que pone aún más de relieve las dificultades de aplicar eficazmente dicha normativa.

En otro caso, observamos que una plataforma pasaba de contratar directamente a contratistas independientes a subcontratar la gestión de la mensajería a terceras empresas, comúnmente denominadas flotas. Estas flotas gestionaban a los mensajeros como empleados asalariados. Aunque el trabajo a tiempo completo era más habitual con este sistema, descubrimos una red compleja y opaca de contratación y subcontratación. Este sistema sometía a los trabajadores a prácticas salariales injustas, incluidos gastos de trabajo no reembolsados, trabajo no remunerado y mayor vulnerabilidad al despido aprovechando el Código Laboral español. Una vez más, los mensajeros con experiencia previa señalaron ritmos de trabajo intensificados y una mayor vigilancia por parte de los expedidores.

El tercer caso se refería a una plataforma que modificó sus operaciones para eludir por completo la presunción de empleo, manteniendo así a sus trabajadores como contratistas independientes. Como revelaron tanto nuestra investigación como la investigación de las autoridades españolas, estos ajustes operativos apenas modificaron la relación de subordinación entre los trabajadores y la plataforma. Estos cambios estaban claramente diseñados para eludir el cumplimiento de la ley. Además, descubrimos pruebas de que la empresa toleraba prácticas de explotación, incluido el uso de cuentas alquiladas, que permitían a trabajadores indocumentados dedicarse al reparto de comida.

A pesar de que todos los interlocutores entrevistados (trabajadores, sindicatos, inspectores de trabajo e incluso mandos intermedios) conocían bien estos problemas, la empresa no había sido sancionada tras un año de aplicación de la Ley de los motociclistas, lo que le permitía seguir operando con cambios más cosméticos que significativos. Sólo recientemente la presión sostenida de las multas impuestas en 2022 y 2023 ha provocado un cambio significativo, con el anuncio de la empresa de que finalmente reclasificaría a sus mensajeros como empleados. Sin embargo, queda por ver cómo se ejecutará esta transición, sobre todo en lo que respecta a las condiciones contractuales ofrecidas a los trabajadores. Igualmente importantes serán los nuevos procesos laborales y los mecanismos de supervisión y control que se introduzcan, ya que podrían influir en las experiencias cotidianas de los mensajeros y reproducir problemas anteriores bajo una apariencia diferente.

Mientras los Estados miembros de la UE se preparan para reclasificar a los trabajadores de plataformas como empleados en virtud de la Directiva sobre el trabajo en plataformas, de la experiencia española se desprenden dos lecciones clave. En primer lugar, aunque la Directiva trae esperanza a millones de trabajadores de plataformas mal clasificados, el cumplimiento por parte de las empresas de plataformas no debe darse por sentado. Los Estados miembros deben establecer mecanismos de aplicación sólidos e imponer sanciones que no puedan eludirse fácilmente. No debe permitirse que los infractores eludan continuamente la ley aprovechando las lagunas jurídicas. Las penas o sanciones deben aplicarse con prontitud para evitar que los pleitos se prolonguen durante años, lo que socavaría la eficacia de las reformas normativas y frustraría las protecciones previstas para los trabajadores.

En segundo lugar, aunque es necesario reclasificar a los trabajadores para proporcionarles protecciones básicas, esto por sí solo no resolverá el problema más amplio del trabajo precario. Los Estados miembros deben abordar cuestiones sistémicas como el trabajo a tiempo parcial involuntario, las sanciones injustas y las políticas de despido. Cerrar las lagunas jurídicas existentes es esencial para mejorar la seguridad y el bienestar de los trabajadores. Conseguirlo puede desafiar los intereses de otras empresas más allá de la economía de plataforma, pero una reforma laboral integral es crucial para avanzar en los derechos de los trabajadores. Una legislación fragmentaria no será suficiente.

En última instancia, garantizar el éxito de la Directiva sobre el trabajo en plataformas exige un esfuerzo amplio y coordinado para abordar todos los factores que contribuyen a la inseguridad de los trabajadores. De lo contrario, se corre el riesgo de no cumplir la promesa de la Directiva de transformar el trabajo de plataforma en beneficio de las personas directamente implicadas.


Fuente: EU pushes to reclassify platform workers, but how will platforms react?

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