El Tribunal de Estrasburgo falla que la inacción climática atenta contra los derechos humanos
El TEDH señala que Suiza había violado los derechos humanos de un grupo de mujeres de edad avanzada
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha emitido un fallo histórico a raíz de la demanda presentada por un grupo de mujeres mayores suizas preocupadas por las repercusiones de la crisis climática sobre su calidad de vida y su salud. La sentencia, emitida por la Gran Sala del Tribunal con 16 votos a favor y solo uno en contra, reconoce que Suiza ha violado los derechos humanos de las personas mayores al no tomar medidas suficientes contra el cambio climático. Esta es la primera vez que el Tribunal de Estrasburgo condena a un Estado por su falta de iniciativa para frenar el cambio climático
La demanda fue llevada al Tribunal por la asociación Verein KlimaSeniorinnen, constituida por 2.500 mujeres suizas con una edad promedio de 73 años, quienes denunciaron al Estado suizo por su falta de acción para atenuar el cambio climático, que tiene consecuencias negativas en sus condiciones de vida y en su salud. Entre las demandantes, hay cuatro mujeres mayores de 80 años que experimentaron problemas de salud durante las olas de calor. Tristemente, una de las demandantes, nacida en 1931, falleció durante el proceso judicial.
La demanda de las apodadas “Abuelas por el clima” se centró en la violación de los derechos fundamentales de los artículos 2 y 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que consagran los derechos a la vida y a la salud, y a la vida privada y familiar sin injerencias, así como el derecho a un juicio justo y a un recurso efectivo. Las mujeres argumentaron que Suiza no estaba cumpliendo con su deber de proteger eficazmente la vida y garantizar el respeto de su vida privada y familiar, incluido su hogar, en el contexto del cambio climático y desatendiendo la abrumadora evidencia científica al respecto.
Esta sentencia marca un hito significativo en el movimiento de justicia climática no solo para Suiza sino también para otros países europeos que afrontan desafíos similares. La Asociación Klimaseniorinnen espera que esta decisión impulse a los gobiernos a tomar medidas más enérgicas para abordar el cambio climático y proteger los derechos de las personas mayores en todo el continente.
Las entidades ecologistas han celebrado el fallo y no han dudado en calificarlo de histórico. “Esta victoria jurídica es la culminación de una larga estrategia por parte de la sociedad civil organizada de todo el mundo de llevar la emergencia climática a los tribunales y marcará un punto de inflexión en el derecho climático en todo el mundo”, ha señalado Irene Rubiera, abogada de Ecologistas en Acción.
“En los últimos años han aumentado los litigios por la inacción climática, y tras este precedente, el activismo jurídico por el clima será imparable”, ha añadido.
«Por primera vez, un tribunal internacional reconoce que los derechos humanos incluyen el derecho a la protección del clima. Ahora queda claro también que la política climática suiza viola los derechos humanos más fundamentales», declaró la portavoz del movimiento suizo Grève du Clima (Huelga por el Clima), Anja Gada.
Sin embargo, los jueces tumbaron la demanda que habían planteado seis jóvenes portugueses contra Portugal y otros 31 otros países europeos para los que que reclamaban una condena esgrimiendo que estas naciones están adoptando unas políticas insuficientes para mitigar el cambio climático. La demanda alegaba que los incendios forestales que se han producido cada año en Portugal desde 2017 son una consecuencia directa del cambio climático que supone riesgos para su salud.
Los jueces desestimaron sus alegaciones sin entrar a examinar el fondo del asunto, en primer lugar porque los seis demandantes se saltaron una regla fundamental del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), y ésta es que es que hay que agotar las vías de recurso interno del país al que denuncian antes de llevar un caso a Estrasburgo. Los jóvenes habían argumentado que la urgencia climática les eximía de esa regla jurídica básica, pero el TEDH no aceptó esa tesis.
Los magistrados apuntan que el TEDH «no es un tribunal de primera instancia» y que no es el adecuado para conocer de la demanda, en la que los jóvenes aseguraban que se ha violado su derecho a la vida.
En el fallo, explica que el hecho de que los seis jóvenes sean ciudadanos de la Unión Europea «no puede utilizarse» para referirse a un vínculo jurisdiccional entre ellos y el resto de Estados demandados que también pertenecen a la propia Unión.
El TEDH concluye que no existe ninguna disposición en la Convención de las Naciones Unidas para justificar una interpretación judicial más extensa y una protección extraterritorial de los Estados demandados en la forma solicitada por los seis jóvenes. «De lo anterior se desprende que la competencia territorial se establece respecto de Portugal, y que no se puede establecer ningún título de jurisdicción respecto de los demás Estados demandados», apunta.
Por último, y en cuanto a la condición de víctimas de los jóvenes, el TEDH dice que su situación individual adolece de una «importante falta de claridad que complica el examen» sobre si se ven agraviados por los efectos del cambio climático.
Pero más allá de este caso, que por la forma de su planteamiento ya suscitaba muchas dudas sobre la posibilidad de que saliera adelante, el movimiento en favor de la justicia climática recibió el fallo como un espaldarazo y un soplo de esperanza del Tribunal del Estrasburgo en tanto que el fallo condena a Suiza en la demanda planteada por unas mujeres de edad avanzada de ese país.
En su sentencia, la presidenta del Tribunal, Siofra O’Leary, afirmó que el Gobierno suizo no había cumplido los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y que había lagunas en su marco normativo nacional. «Está claro que es probable que las generaciones futuras soporten una carga cada vez mayor de las consecuencias de los fallos y omisiones actuales en la lucha contra el cambio climático», declaró O’Leary.
Una de las líderes de KlimaSeniorinnen, Rosmarie Wydler-Wälti, dijo que aún no conoce el alcance de la decisión. «No dejamos de preguntar a nuestros abogados: ‘¿Es lo correcto? Y ellos nos dicen ‘es lo máximo que podríais haber conseguido. La mayor victoria posible'». Un portavoz del Ministerio de Energía suizo reaccionó a la sentencia diciendo: «Vamos por buen camino. Estamos haciendo mucho».
En concreto, los jueces europeos estimaron que Suiza incumplió sus obligaciones en relación los derechos de estas mujeres mayores para evitar que sufran los efectos del calentamiento global.
Entre otras cuestiones se señala que habido carencias en la política suiza para cuantificar, mediante la fijación de un precio al carbono, la limitación de sus emisiones de efecto invernadero. En la misma línea, Suiza no respetó en el pasado los objetivos que se había fijado para disminuir esas emisiones.
Jaime Doreste, abogado de Ecologistas en Acción y experto en derecho climático declaró: “Una vez más, la generación de nuestros mayores nos muestra el camino para defender un futuro sostenible en un planeta habitable, también en vía judicial”.
“Desde un punto de vista jurídico es todo un logro y un avance significativo que el TEDH consagre que ‘el artículo 8 de la Convención engloba el derecho a una protección eficaz por parte de las autoridades estatales frente a los graves efectos adversos del cambio climático sobre la vida, la salud, el bienestar y la calidad de vida’, así como las correlativas obligaciones positivas de los Estados al respecto”.
«Esta sentencia es un hito que va a afectar directamente al tratamiento que la justicia de todos los países europeos dé a partir de ahora a las demandas ciudadanas contra quienes no actúan frente al cambio climático con la contundencia que exigen los datos científicos. Hoy celebramos este hecho junto a estas valientes mujeres suizas, que han dado ejemplo”, dice Inés Díez, responsable del área jurídica de Greenpeace.