Acuerdo sobre la directiva de la UE para combatir la violencia contra las mujeres

El Parlamento Europeo y el Consejo han acordado el primer texto legislativo que combate la violencia contra las mujeres a escala de la UE. Desde UGT, consideramos que si bien no es el ideal introduce una serie de mejoras y supone un hito importante.


El acuerdo informal alcanzado el martes por los negociadores del Parlamento y el Consejo incluye medidas para prevenir las violaciones, normas más estrictas sobre ciberviolencia y un mejor apoyo a las víctimas. Por primera vez, habrá normas a escala de la UE sobre la penalización de determinadas formas de violencia de género y un mejor acceso a la justicia, la protección y la prevención. Los Estados miembros intentarán concienciar de que las relaciones sexuales no consentidas se consideran delito.

Si bien, desde las fuerzas progresistas del Parlamento Europeo, con el apoyo de UGT, se ha luchado para que una directiva basada en el consentimiento se convirtiera en una realidad jurídica, la minoría de bloqueo en el Consejo se ha tornado exitosa impidiendo la inclusión de la violación como delito penal.

Desde UGT combatimos y condenamos todas las formas de violencia machista y, por ello, consideramos que aunque el acuerdo alcanzado hoy no es el ideal, y no descansaremos hasta que todas las mujeres estén protegidas de todas las formas de violencia de género.

Sin embargo, también se han conseguido introducir una fuerte cláusula de revisión que abre la posibilidad de que la Comisión presente una nueva propuesta legislativa, así como una serie de mejoras en el texto, lo que supone un hito importante en la lucha por los derechos de las mujeres y las niñas, así como en la erradicación de la violencia.

La nueva legislación incluirá también, entre otras, los siguientes:

  • una lista más larga de circunstancias agravantes de los delitos, incluidos los delitos contra una figura pública, un periodista o un defensor de los derechos humanos, la intención de castigar a las víctimas por su orientación sexual, género, color de piel, religión, origen social o convicciones políticas, y la intención de preservar o restaurar el «honor»;
  • normas contra la mutilación genital femenina y el matrimonio forzado;
  • normas específicas para los delitos en línea, incluida la divulgación de material íntimo y el ciberflashing;
  • mejores procedimientos para la seguridad y la salud de las víctimas, teniendo en cuenta la discriminación interseccional y el acceso a la atención sanitaria, incluidos los servicios de salud sexual y reproductiva; y
  • mejora de la presentación de informes y la obtención de pruebas por parte de las autoridades.

Esta propuesta de Directiva deberá ser aprobada formalmente por el Parlamento y el Consejo de la UE. Una vez aprobada formalmente, la norma entrará en vigor en los 20 días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial de la UE. Los Estados Miembros dispondrán de 3 años para transponer la Directiva a su derecho nacional.

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