Luz verde a la prórroga del mecanismo ibérico para reducir el precio de la electricidad
La Comisión Europea ha aprobado, con arreglo a las normas sobre ayudas estatales, la prórroga y modificación de una medida española y portuguesa destinada a reducir los precios al por mayor de la electricidad en el mercado ibérico (Mercado Ibérico de la Electricidad, MIBEL) reduciendo los costes de los insumos de las centrales eléctricas alimentadas con combustibles fósiles.
La medida modificada, que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, se aprobó con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y reconoce que las economías española y portuguesa siguen experimentando una grave perturbación.
Medida española y portuguesa
En junio de 2022, la Comisión aprobó una medida para reducir los costes de los insumos de las centrales eléctricas alimentadas con combustibles fósiles en España y Portugal y con ello sus costes de producción y, en última instancia, el precio en el mercado mayorista de la electricidad, en beneficio de los consumidores. La medida debía expirar el 31 de mayo de 2023.
En virtud de esa medida, los productores de electricidad reciben un pago que funciona como subvención directa para financiar parte de su coste de combustible. El pago se calcula diariamente sobre la base de la diferencia entre el precio de mercado del gas natural y un precio máximo del gas. Entre junio y diciembre de 2022, el precio máximo se fijó en 40 EUR/MWh. Transcurridos los 6 primeros meses, el precio máximo estaba previsto que aumentase 5 EUR al mes.
La medida se financia mediante: i) parte de las denominadas «rentas de congestión» (rentas obtenidas por el gestor de la red de transporte español como resultado del comercio transfronterizo de electricidad entre Francia y España); ii) una tasa («coste de ajuste») impuesta por España y Portugal a los compradores que se benefician de la medida.
Las autoridades españolas y portuguesas afirman que el ahorro neto total (una vez considerados los ajustes de costes) para los consumidores españoles y portugueses en conjunto ascendió a unos 5 000 millones EUR entre junio de 2022 y enero de 2023.
En abril de 2023, España y Portugal notificaron a la Comisión su intención de prorrogar la medida original hasta el 31 de diciembre de 2023 con las siguientes modificaciones:
- La trayectoria del límite de precios se modificará para lograr una eliminación progresiva fluida y predecible, convergiendo con los precios de mercado del gas previstos para finales de 2023:
Mes | Abril 2023 | Mayo 2023 | Junio 2023 | Julio 2023 | Agosto 2023 | Septiembre 2023 | Octubre 2023 | Noviembre 2023 | Diciembre 2023 |
EUR/MWh | 56,1 | 57,2 | 58,3 | 59,4 | 60,6 | 61,7 | 62,8 | 63,9 | 65,0 |
- Los compradores en el mercado mayorista de la electricidad están exentos del pago del coste de ajuste entre el 1 de junio y el 31 de diciembre de 2023 por los volúmenes de su electricidad para los que hayan celebrado contratos de suministro de electricidad a un precio fijo antes del 7 de marzo de 2023.
- Los consumidores finales, que no están registrados como compradores al por mayor del mercado de la electricidad, están exentos del pago del coste de ajuste del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2023 por los volúmenes de sus compras de electricidad para los que hayan celebrado contratos de cobertura financiera de sus riesgos de precio de la electricidad antes del 7 de marzo de 2023.
El presupuesto de la medida modificada dependerá en última instancia de si el mecanismo se activa hasta el final de 2023, es decir, de si el precio máximo será inferior a los precios del mercado del gas.
Evaluación de la Comisión
La Comisión evaluó la medida modificada con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, que permite a los Estados miembros conceder ayudas a empresas o sectores específicos para poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro, y a los principios generales establecidos en el Marco Temporal de Crisis y Transición relativo a las ayudas estatales, que la Comisión ha aplicado por analogía.
La Comisión concluyó que la prórroga y las modificaciones se ajustan a las normas sobre ayudas estatales de la UE. En particular, la Comisión constató que:
- La medida estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, en consonancia con la aplicabilidad de las disposiciones del Marco Temporal de Crisis y Transición relativas a las ayudas para compensar los elevados precios de la energía.
- La medida sigue siendo diferente de otras formas de intervenciones de precios debido a las circunstancias particulares del mercado mayorista de la electricidad en la península ibérica. En particular, la limitada capacidad de interconexión de la península ibérica, la elevada exposición de los consumidores a los precios al por mayor de la electricidad, así como la gran influencia del gas en la fijación de los precios de la electricidad, han provocado una perturbación especialmente grave de las economías española y portuguesa.
- La modificación es adecuada, necesaria y proporcionada. La medida sigue siendo temporal y se limita al mínimo necesario para hacer frente a la grave perturbación de la economía a la que se enfrentan España y Portugal, ofreciendo una salvaguardia contra los aumentos repentinos de precios en el mercado ibérico de la electricidad, en el contexto de la actual situación geopolítica volátil.
- Si bien la dinámica del mercado ha evolucionado desde la entrada en vigor de la medida, la medida modificada seguirá sirviendo de mecanismo de protección en caso de aumento de los precios del gas, para proteger a los consumidores vulnerables y aumentar la estabilidad del mercado.
- La trayectoria de limitación de precios ajustada permite una eliminación progresiva previsible y fluida de la medida, que termina a un nivel de precios próximo a los precios actualmente previstos en el mercado mayorista del gas para finales de 2023.
- La medida modificada sigue reduciendo al mínimo los falseamientos de la competencia y evitando posibles repercusiones negativas en el funcionamiento de los mercados de la electricidad al contado y a plazo. Además, en consonancia con las normas del mercado interior de la energía, la medida modificada no da lugar a ninguna restricción transfronteriza al comercio de electricidad ni a una discriminación entre consumidores ibéricos y no ibéricos.
Sobre esta base, la Comisión aprobó la prórroga y las modificaciones de la medida española y portuguesa con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE.