El Consejo adopta leyes clave para cumplir los objetivos climáticos de 2030

El Consejo ha adoptado cinco leyes que permitirán a la UE reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en los principales sectores de la economía, garantizando al mismo tiempo que los ciudadanos y las microempresas más vulnerables, así como los sectores expuestos a fugas de carbono, reciban un apoyo efectivo en la transición climática.

Las leyes forman parte del paquete «Fit for 55», que establece las políticas de la UE en consonancia con su compromiso de reducir sus emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55% para 2030 en comparación con los niveles de 1990 y lograr la neutralidad climática en 2050.

La votación en el Consejo es el último paso del procedimiento de toma de decisiones.

Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión

El Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión (RCCDE) es un mercado del carbono basado en un sistema de límites máximos y comercio de derechos de emisión para las industrias de gran consumo energético, el sector de generación de electricidad y el sector de la aviación.

Las nuevas normas aumentan la ambición global de reducción de emisiones para 2030 en los sectores cubiertos por el RCCDE hasta el 62% respecto a los niveles de 2005.

Emisiones del transporte marítimo y de la aviación

Las emisiones del transporte marítimo se incluirán por primera vez en el ámbito de aplicación del RCCDE. La obligación de que las compañías navieras entreguen derechos de emisión se introducirá gradualmente: 40% para las emisiones verificadas a partir de 2024, 70% a partir de 2025 y 100% a partir de 2026.

Los derechos de emisión gratuitos para el sector de la aviación se irán eliminando gradualmente y se aplicará la subasta completa a partir de 2026. Hasta el 31 de diciembre de 2030, se reservarán 20 millones de derechos para incentivar la transición de los operadores aéreos desde el uso de combustibles fósiles.

Edificios, transporte por carretera y sectores adicionales

Se ha establecido un nuevo sistema independiente de comercio de derechos de emisión para los sectores de la construcción, el transporte por carretera y otros sectores (principalmente la pequeña industria), con el fin de garantizar una reducción rentable de las emisiones en estos sectores, que hasta ahora han resultado difíciles de descarbonizar. El nuevo sistema se aplicará a los distribuidores que suministren combustibles a los sectores de la construcción, el transporte por carretera y otros sectores a partir de 2027. Se ha establecido una salvaguarda por la que si el precio del petróleo y del gas es excepcionalmente alto en el período previo al inicio del nuevo sistema, éste se pospondrá hasta 2028.

Mecanismo de Ajuste en la Frontera del Carbono

El Mecanismo de Ajuste en la Frontera del Carbono (CBAM) es un mecanismo que afecta a las importaciones de productos de industrias intensivas en carbono. El objetivo del CBAM es evitar – respetando plenamente las normas del comercio internacional – que los esfuerzos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de la UE se vean contrarrestados por el aumento de las emisiones fuera de sus fronteras a través de la deslocalización de la producción a países de la UE donde las políticas aplicadas para luchar contra el cambio climático son menos ambiciosas que las de la UE o el aumento de las importaciones de productos intensivos en carbono.

Hasta finales de 2025, la CBAM sólo se aplicará como obligación de información. La CBAM se introducirá gradualmente, en paralelo a la eliminación progresiva de los derechos de emisión gratuitos, una vez que comience en el marco del RCCDE revisado para los sectores afectados. Los derechos de emisión gratuitos para los sectores cubiertos por el Mecanismo de Ajuste en la Frontera del Carbono – cemento, aluminio, fertilizantes, producción de energía eléctrica, hidrógeno, hierro y acero, así como algunos precursores y un número limitado de productos derivados – se eliminarán gradualmente a lo largo de un periodo de nueve años, entre 2026 y 2034.

Fondo Social para el Clima

Los Estados miembros utilizarán el Fondo Social para el Clima para financiar medidas e inversiones de apoyo a los hogares vulnerables, las microempresas y los usuarios del transporte, y ayudarles a hacer frente a los efectos sobre los precios de un régimen de comercio de derechos de emisión para los sectores de la construcción, el transporte por carretera y otros. El fondo se financiará con ingresos procedentes principalmente del nuevo régimen de comercio de derechos de emisión, hasta un importe máximo de 65.000 millones de euros, que se completarán con contribuciones nacionales. Se establece temporalmente para el periodo 2026-2032.

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