Acuerdo provisional para regular la transparencia y segmentación de la publicidad política

La Presidencia española del Consejo de la UE y el Parlamento Europeo han llegado a un acuerdo provisional para un nuevo reglamento sobre la transparencia y segmentación de la publicidad política.


El Reglamento se ha elaborado en medio de la preocupación por los peligros que plantean la manipulación de la información y la injerencia extranjera en las elecciones. Su objetivo es facilitar a los ciudadanos el reconocimiento de los anuncios políticos, comprender quién está detrás de ellos y saber si han recibido un anuncio dirigido, de modo que estén en mejores condiciones de elegir con conocimiento de causa.

Apoyará un debate político abierto y justo en los Estados miembros, basado en una información objetiva, transparente y pluralista, y garantizará que la publicidad política se realice respetando plenamente los derechos fundamentales, incluido el derecho a la intimidad.

Ámbito de aplicación de las nuevas normas

Según el acuerdo provisional, la publicidad política se define como la preparación, colocación, promoción, publicación, entrega o difusión de mensajes

  • por, para o en nombre de actores políticos, a menos que sean de naturaleza puramente privada o puramente comercial; o
  • que puedan y estén destinados a influir en el comportamiento de voto o en el resultado de unas elecciones, un referéndum o un proceso legislativo o reglamentario, a nivel de la UE, nacional, regional o local.

La nueva normativa cubrirá la publicidad política que normalmente se realiza a cambio de una remuneración, pero también la publicidad política a través de actividades internas, como la preparación de anuncios políticos dentro de los partidos políticos, y como parte de una campaña de publicidad política.

Al mismo tiempo, las normas dejan claro que las opiniones políticas y otros contenidos bajo responsabilidad editorial, así como las opiniones expresadas a título personal, no están incluidas en el reglamento.

Normas sobre selección y difusión de anuncios

Las normas acordadas provisionalmente también imponen límites estrictos al uso de técnicas de segmentación y distribución de anuncios.

El uso de datos personales para dirigir publicidad política en línea sólo se permitirá si los datos han sido recogidos del interesado, que ha dado su consentimiento explícito y por separado para su uso en publicidad política.

Además, se prohibirá totalmente la elaboración de perfiles utilizando categorías especiales de datos personales, como los que revelan el origen racial o étnico o las opiniones políticas.

Otras disposiciones

Para evitar injerencias extranjeras, los colegisladores de la UE también han acordado prohibir la prestación de servicios publicitarios a patrocinadores de terceros países tres meses antes de unas elecciones o un referéndum, salvaguardando al mismo tiempo normas nacionales más estrictas cuando proceda.

Han dispuesto que la Comisión cree un repositorio público europeo de anuncios políticos en línea para reunir y poner a disposición del público información sobre todos los anuncios en línea y sus avisos de transparencia.

Los colegisladores de la UE también han acordado que las nuevas normas se aplicarán 18 meses después de su entrada en vigor. Sin embargo, las definiciones y la llamada cláusula de no discriminación, que estipula que los servicios no pueden restringirse únicamente en función del lugar de residencia o establecimiento del patrocinador de la publicidad política, se aplicarán a tiempo para las elecciones al PE.

Próximas etapas

En las próximas semanas se seguirá trabajando a nivel técnico para ultimar los detalles del nuevo reglamento.

Una vez concluidos estos trabajos, el acuerdo completo deberá ser confirmado por ambas instituciones en su totalidad y someterse a una revisión jurídico-lingüística antes de su adopción formal.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *