El Consejo acuerda su posición sobre la actualización de la normativa en materia de exposición a sustancias peligrosas en el trabajo

Hoy, los ministros de Empleo de la UE han dado un paso más hacia la prevención de las enfermedades relacionadas con el trabajo y la protección de las personas trabajadoras frente a la exposición a sustancias nocivas que pueden provocar enfermedades graves, como el cáncer y trastornos del desarrollo.

El Consejo ha acordado su posición sobre la sexta revisión de la Directiva sobre carcinógenos, mutágenos y sustancias tóxicas para la reproducción (CMRD). Esta revisión tiene por objeto actualizar las normas sobre la exposición a sustancias peligrosas en el lugar de trabajo de acuerdo con los últimos avances científicos.

Nadie debería enfermar por ir a trabajar. Al actualizar las normas que regulan la exposición a sustancias químicas peligrosas en el lugar de trabajo, estamos reduciendo los riesgos para la salud y favoreciendo el bienestar y las condiciones de trabajo dignas de los trabajadores en toda la UE. Por lo tanto, me complace que hoy hayamos logrado alcanzar un acuerdo en el Consejo sobre este importante expediente.

Kaare Dybvad Bek, ministro danés de Empleo

Se espera que la revisión prevenga alrededor de 1 700 casos de cáncer de pulmón y 19 000 otras enfermedades en los próximos 40 años.

Disposiciones de la sexta revisión

La actualización propuesta por la Comisión de la CMRD:

  • establece límites de exposición para el cobalto y sus compuestos inorgánicos, los hidrocarburos aromáticos policíclicos y el 1,4-dioxano;
  • añade los humos de soldadura a la lista de sustancias, mezclas y procesos del anexo I de la Directiva.

Posición del Consejo

El Consejo ha mejorado aún más las normas actualizadas añadiendo un límite de exposición profesional para el isopreno, en consonancia con las recomendaciones de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas y del Comité Consultivo Tripartito para la Seguridad y la Salud en el Trabajo.

La posición del Consejo también actualiza las definiciones de «sustancia carcinógena», «sustancia mutágena» y «sustancia tóxica para la reproducción» para reflejar la inclusión por primera vez en el anexo I de una entrada (humos de soldadura) con efectos potencialmente tóxicos para la reproducción. Las definiciones existentes no diferenciaban entre los efectos carcinógenos, mutágenos o tóxicos para la reproducción de las sustancias, mezclas o procesos enumerados en el anexo I.

Otros cambios incluyen:

  • una nueva redacción del considerando que destaca la importancia de desarrollar más orientaciones sobre los humos de soldadura
  • un nuevo considerando que señala que los valores límite contribuyen a una reducción significativa de los riesgos derivados de la exposición a carcinógenos y mutágenos.

Próximos pasos

Una vez que el Parlamento Europeo haya establecido su posición, las dos instituciones entablarán negociaciones para acordar el texto definitivo.

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