El Consejo acuerda su posición negociadora sobre normas contra la coerción económica

Los Estados miembros han acordado hoy su posición de negociación (mandato) sobre un Reglamento relativo a la protección de la Unión y de sus Estados miembros frente a la coerción económica por parte de terceros países (instrumento contra la coerción). Será un nuevo instrumento del conjunto de instrumentos autónomos de la UE cuyo objetivo es disuadir a terceros países de utilizar deliberadamente la coerción económica para atacar a la UE y a sus Estados miembros. El instrumento permitirá que la UE se defienda mejor en la escena mundial por medio de una gran variedad de medidas de respuesta.

En este mandato, el Consejo pretende aumentar su implicación en el proceso de toma de decisiones confiriéndose competencias de ejecución para determinar qué constituye coerción económica. La Comisión Europea conservará las competencias de ejecución en las decisiones sobre las medidas de respuesta de la UE, si bien garantizando una mayor participación de los Estados miembros en dichas decisiones.

Jozef Síkela, ministro de Industria y Comercio de la República Checa ha declarado que «Este nuevo instrumento será disuasorio y contrarrestará la coerción económica por parte de terceros países en un momento de aumento de las tensiones geopolíticas. La UE y sus Estados miembros se han convertido en los últimos años en el objetivo de una presión económica deliberada ejercida por países no pertenecientes a la UE a través de medidas que afectan al comercio y la inversión. La UE tiene derecho a defenderse mejor en la escena mundial cuando se convierte en blanco de la intimidación económica».

Defensa de los intereses de la UE

Entre las medidas que podrían aplicarse al tercer país como respuesta a la coerción económica figuran la imposición de restricciones comerciales, por ejemplo, en forma de aumento de los derechos de aduana, licencias de importación o exportación, o restricciones en el ámbito de los servicios, la contratación pública o la inversión extranjera directa. Estas medidas se aplicarían sin efecto retroactivo y respetando la proporcionalidad con respecto a los daños causados.

El instrumento contra la coerción está diseñado para frenar la escalada de medidas coercitivas específicas y provocar su suspensión, recurriendo al diálogo como primer paso. Las contramedidas que la UE podría adoptar se aplicarían únicamente como último recurso cuando no haya otra forma de hacer frente a la intimidación económica.

Contexto

La Comisión Europea propuso este acto legislativo el 8 de diciembre de 2021, a petición del Consejo y del Parlamento Europeo.

La Comisión de Comercio Internacional (INTA) del Parlamento Europeo aprobó enmiendas a la propuesta el 10 de octubre; a su vez, el Pleno confirmó el mandato de negociación del Parlamento el 19 de octubre y solicitó que las negociaciones comenzaran «inmediatamente».

Siguientes etapas

Ahora el Consejo y el Parlamento Europeo deben llegar a un acuerdo sobre el Reglamento con arreglo al procedimiento legislativo ordinario. Una vez que el Reglamento haya sido adoptado oficialmente por ambas instituciones, entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE.

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