El Consejo y el Parlamento llegan a un acuerdo sobre una Directiva de Permiso Único

Los representantes de los Estados miembros ante el Consejo (Coreper) han confirmado el acuerdo provisional entre la Presidencia española del Consejo y el Parlamento Europeo sobre la actualización de una ley comunitaria relativa a la migración legal al mercado laboral de la UE.


Las normas actualizadas simplifican el procedimiento para solicitar un permiso de residencia para trabajar en el territorio de un Estado miembro. Esto dará un impulso a la contratación internacional de talento. Además, el aumento de los derechos de los trabajadores de terceros países y su igualdad de trato en comparación con los trabajadores de la UE reducirán la explotación laboral.

Muchos empleadores se enfrentan a una tensa situación del mercado de trabajo. La propuesta que hemos aprobado hoy es una respuesta a esta situación de escasez, ya que dará lugar a un proceso fluido y previsible para que los nacionales de terceros países soliciten el permiso de trabajo y de residencia de una sola vez

Elma Saiz, Ministra española de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

La Directiva sobre el permiso único establece el proceso de solicitud para que los países de la UE expidan este permiso único y establece derechos comunes para los trabajadores de terceros países. Los Estados miembros tienen la última palabra sobre qué trabajadores de terceros países quieren admitir en su mercado de trabajo y cuántos.

Procedimiento de solicitud

Los trabajadores de terceros países pueden presentar una solicitud desde el territorio de un tercer país o, de conformidad con el acuerdo alcanzado entre los colegisladores, dentro de la UE si cuentan con un permiso de residencia válido. Cuando un Estado miembro decida expedir el permiso único, dicha decisión servirá tanto de permiso de residencia como de permiso de trabajo.

Duración

El Consejo y el Parlamento Europeo han decidido que la expedición del permiso único debe realizarse en un plazo de tres meses a partir de la recepción de la solicitud completa. Este periodo comprende también el tiempo necesario para comprobar la situación del mercado laboral antes de adoptar una decisión sobre el permiso único. Los Estados miembros expedirán entonces el visado necesario para permitir la primera entrada en su territorio.

Cambio de empleador

Los titulares de un permiso único tendrán la posibilidad de cambiar de empleador, a reserva de una notificación a las autoridades competentes. Además, los Estados miembros podrán exigir un periodo mínimo durante el cual el titular del permiso único esté obligado a trabajar para el primer empleador. En caso de pérdida de empleo, se permite la permanencia de los trabajadores de terceros países en el territorio del Estado miembro si el periodo total de desempleo no supera los tres meses durante el periodo de validez del permiso único o seis meses tras dos años de permiso.

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