El Consejo acuerda nuevas normas para reforzar las emisiones de CO2 de los vehículos pesados

El Consejo ha alcanzado un acuerdo («orientación general») sobre una propuesta para actualizar y reforzar el Reglamento sobre normas de emisión de CO2 de los vehículos pesados. El objetivo de la propuesta es seguir reduciendo las emisiones de CO₂ en el sector del transporte por carretera e introducir nuevos objetivos para 2030, 2035 y 2040. Las nuevas normas contribuirán a que la UE cumpla sus ambiciones de lucha contra el cambio climático.

La propuesta también pretende fomentar una proporción cada vez mayor de vehículos de emisiones cero en el parque de vehículos pesados de toda la UE, garantizando al mismo tiempo que se preserven y mejoren la innovación en el sector y su competitividad.

La orientación general servirá de mandato para las negociaciones con el Parlamento Europeo sobre la forma definitiva de la legislación.

Con el acuerdo de hoy hemos reafirmado nuestro compromiso de alcanzar nuestros ambiciosos objetivos climáticos. Los camiones, autobuses y autocares son una parte importante del transporte por carretera, que afecta a la vida cotidiana de millones de ciudadanos. Los ciudadanos merecen vivir en un entorno más verde y saludable, y ahora estamos un paso más cerca de este objetivo. Al mismo tiempo, estamos garantizando la competitividad del sector, aclarando la hoja de ruta de las nuevas inversiones.

Teresa Ribera Rodríguez, vicepresidenta tercera del Gobierno español en funciones y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Principales cambios acordados por el Consejo

El texto del Consejo logra un equilibrio entre el mantenimiento de la principal ambición de la propuesta de la Comisión de reducir el impacto climático del sector de los vehículos pesados y la concesión a los Estados miembros de cierta flexibilidad en la aplicación del Reglamento modificado, al tiempo que refuerza la innovación y la competitividad de la UE en el sector.

Ámbito de aplicación del Reglamento

La propuesta amplía el ámbito de aplicación del Reglamento para que casi todos los vehículos pesados nuevos con emisiones certificadas de CO₂ -incluidos los camiones más pequeños, los autobuses urbanos, los autocares y los remolques- estén sujetos a objetivos de reducción de emisiones.

Quedan exentos de los objetivos de reducción de CO₂ establecidos en el Reglamento los fabricantes de pequeñas series y los vehículos utilizados en la minería, la silvicultura y la agricultura; los vehículos destinados a las fuerzas armadas y los servicios de bomberos; los vehículos destinados a la protección civil, el orden público y la asistencia médica; y los vehículos profesionales, como los camiones de la basura.

Los Estados miembros modificaron la definición de «vehículo pesado con cero emisiones» rebajando aún más el umbral propuesto, que sigue incluyendo los vehículos impulsados por hidrógeno. Además, los Estados miembros han añadido un subgrupo de vehículos para incluir los camiones extrapesados con el fin de tener más en cuenta sus características, incluida su eficiencia energética.

Nuevos objetivos

En consonancia con los objetivos climáticos de la UE para 2030 y más allá, el Consejo ha mantenido los objetivos fijados por la Comisión. Además del objetivo de reducción del 15% de las emisiones de CO2 para 2025, que ya estaba previsto, las nuevas normas introducen nuevos objetivos:

  • reducción del 45% de las emisiones a partir de 2030 (frente al 30% anterior);
  • 65% de reducción de emisiones a partir de 2035;
  • 90% de reducción de emisiones a partir de 2040.

Los Estados miembros acordaron fijar los objetivos para remolques y semirremolques en el 7,5% .

Objetivo de cero emisiones para los autobuses urbanos

La enmienda propuesta introduce un objetivo de emisiones cero del 100% para los autobuses urbanos en 2035, al tiempo que establece un objetivo intermedio del 85% para esta categoría en 2030. El Consejo ha acordado eximir de este objetivo a los autobuses interurbanos.

Además, el Consejo ha añadido una serie de disposiciones para que la cláusula de revisión sea más completa, como la consideración de las inversiones nacionales ya realizadas y las posibles limitaciones debidas a la morfología territorial específica o a las condiciones meteorológicas de los Estados miembros. Los Estados miembros también han aclarado las disposiciones sobre los procedimientos de contratación pública de autobuses urbanos de emisiones cero, en particular sobre los criterios de evaluación relacionados con la seguridad del suministro, para garantizar la solidez jurídica.

Cláusula de revisión

La eficacia y el impacto del Reglamento modificado sobre los objetivos mencionados serán revisados por la Comisión en 2027, un año antes de lo propuesto inicialmente por la Comisión (artículo 15). Una de las cuestiones sobre las que la Comisión tendrá que informar en su revisión es el progreso en el despliegue de infraestructuras públicas y privadas de recarga y repostaje de combustibles alternativos para los vehículos cubiertos por este reglamento.

En su revisión, la Comisión también tendrá que elaborar una evaluación del papel de un factor de corrección del carbono (CCF) en la transición hacia una movilidad con cero emisiones en el sector de los vehículos pesados.

Próximas etapas

La orientación general servirá como mandato del Consejo para las negociaciones con el Parlamento Europeo sobre la forma final de la legislación. El resultado de las negociaciones deberá ser adoptado formalmente por el Consejo y el Parlamento.

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