Aprobado un plan de ayudas de 88,3 M€ para la conectividad rural en España

La Comisión Europea ha aprobado, con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, un régimen español por valor de 88,3 millones de euros asignado con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) para apoyar la prestación de servicios mayoristas y minoristas de banda ancha en las zonas rurales de España. El régimen de ayudas forma parte de la estrategia de España para satisfacer las necesidades de los ciudadanos y las empresas en el contexto de la digitalización del país. También contribuye a los objetivos estratégicos de la UE en relación con la transición digital.

Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva responsable de la política de competencia, ha declarado que «Este régimen español por valor de 88,3 millones de euros, que se financiará en parte con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, apoyará la prestación de servicios mayoristas y minoritas de banda ancha en las zonas rurales remotas de España. La ayuda aprobada hoy facilitará que España ayude a los consumidores y las empresas de las zonas rurales a recibir servicios móviles asequibles y de alta calidad, lo que contribuirá al crecimiento económico de España y a la consecución de los objetivos estratégicos de la UE en relación con la transición digital.

La ayuda española

El régimen de ayudas, que se aplicará hasta el 31 de diciembre de 2027, se financiará con cargo al MRR, tras la evaluación positiva por parte de la Comisión del Plan de Recuperación y Resiliencia (PRR) español y su adopción por el Consejo. El PRR español contempla importantes proyectos de inversión en el sector de las comunicaciones electrónicas, tales como ayudas a las zonas rurales remotas de España para que dispongan de una conectividad de banda ancha con una velocidad de descarga de al menos 100 Mbps.

El régimen está concebido como una solución temporal para facilitar y acelerar el acceso a servicios de banda ancha fija eficaces a precios asequibles. La ayuda apoyará la prestación de servicios mayoristas y, sobre esta base, la de servicios minoristas asequibles de banda ancha en una ubicación fija con una velocidad de descarga de al menos 100 Mbps y una velocidad de carga de 5 Mbps. La ayuda se ejecutará en zonas rurales remotas, dispersas y escasamente pobladas en las que no existe cobertura a tales velocidades a precios asequibles. 

En virtud del régimen, la ayuda adoptará la forma de subvenciones directas a los proveedores de telecomunicaciones electrónicas. Los beneficiarios se escogerán mediante un procedimiento de selección abierto, competitivo, transparente y no discriminatorio. La ayuda cubrirá una parte de la reducción de los precios mayoristas hasta que sean comparables a los precios mayoristas en las zonas más rentables. Los operadores que se beneficien de precios mayoristas más bajos prestarán a su vez servicios minoristas a un precio no superior a un precio máximo predefinido por suscripción mensual a los servicios minoristas de banda ancha pertinentes. La ayuda también financiará los costes directamente relacionados con el acceso de los usuarios finales a ese servicio, incluida la compra de equipos de usuario, su instalación y funcionamiento hasta un precio máximo, independientemente de la tecnología utilizada.

Evaluación de la Comisión

La Comisión ha evaluado el régimen con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, y en particular el artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que autoriza las ayudas estatales que faciliten el desarrollo de determinadas actividades o zonas económicas.

La Comisión ha tenido en cuenta las consideraciones que figuran a continuación.

  • La ayuda es necesaria y proporcionada para subsanar deficiencias del mercado, a saber, la falta de servicios de banda ancha eficaces y asequibles en zonas remotas y escasamente pobladas de España. La existencia de una deficiencia del mercado se ha evaluado mediante una cartografía de las infraestructuras y servicios de banda ancha actualmente disponibles y previstos, así como por medio de una consulta pública llevada a cabo por las autoridades españolas. Esta últimas revisarán anualmente la determinación de las zonas objetivo en el marco del régimen.
  • La medida tiene un efecto incentivador. Apoyará la adopción por parte de los usuarios finales de servicios de banda ancha eficaces en zonas en las que los precios de tales servicios de banda ancha sean muy superiores a los precios cobrados en las zonas más pobladas.
  • El régimen cuenta con salvaguardias suficientes para garantizar que los falseamientos indebidos de la competencia sean limitados y que las ayudas no alteren las condiciones de los intercambios comerciales de forma contraria al interés común. En particular, todos los beneficiarios del régimen se escogerán mediante un procedimiento de selección abierto, competitivo, transparente y no discriminatorio. Además, la ayuda garantiza un acceso equitativo, abierto y no discriminatorio a los servicios mayoristas subvencionados.

Atendiendo a estas razones, la Comisión ha aprobado el régimen de ayudas español con arreglo a las normas correspondientes de la UE.

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