El Consejo acuerda su posición sobre el apoyo a las personas en riesgo de desempleo

El Consejo ha acordado hoy su posición sobre un reglamento que pretende ampliar el ámbito de aplicación del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para los trabajadores desplazados (FEAG), extendiendo el apoyo a las y los trabajadores que se enfrentan al desempleo. Las nuevas normas se aplicarían hasta finales de 2027, cuando expira el actual programa del FEAG.

En un momento de agitación geopolítica, esta revisión del Fondo de Adaptación a la Globalización es una buena noticia para los trabajadores y las empresas europeos. Al ampliar el apoyo a las y los trabajadores que se enfrentan a un despido inminente en toda Europa, la UE puede ayudar a más trabajadores y autónomos a encontrar un nuevo empleo.

Kaare Dybvad Bek, ministro danés de Empleo

El objetivo del FEAG es mostrar solidaridad con los trabajadores y autónomos que han perdido su empleo debido a la reestructuración de una empresa, ayudándoles a reincorporarse al mercado laboral.

Las medidas de apoyo que pueden beneficiarse de la financiación del FEAG incluyen medidas activas de política laboral destinadas a dotar a los trabajadores de las competencias necesarias para cambiar de puesto o encontrar un empleo, y pueden incluir formación, certificación de competencias, ayuda para la búsqueda de empleo o asesoramiento profesional. En la actualidad, este apoyo se reserva a las personas que ya han sido despedidas como consecuencia de una reestructuración.

Sin embargo, los despidos causados por la reestructuración suelen producirse en oleadas, lo que significa que las personas que corren el riesgo de ser despedidas también necesitan acceder a ayudas para la formación y se beneficiarían de recibirlas en una fase más temprana, antes de ser despedidas.

En virtud del Reglamento revisado, los trabajadores que corren un riesgo inminente de perder su empleo como consecuencia de la reestructuración de una empresa también tendrían acceso a las ayudas del FEAG, con el fin de reducir la tasa de despidos y ayudar a los trabajadores a realizar la transición a nuevos puestos de trabajo.

Posición del Consejo

El Consejo ha tratado de aclarar el ámbito de aplicación del reglamento revisado, garantizando que los trabajadores en riesgo de despido inminente tengan acceso a la ayuda en una fase más temprana del proceso.

La posición del Consejo también garantiza suficientes salvaguardias, como la posibilidad de que los Estados miembros realicen controles ex ante en relación con la capacidad financiera y administrativa de las empresas. La Comisión estaría entonces obligada a tener en cuenta estos controles a la hora de tomar una decisión. Los Estados miembros también tendrían la posibilidad de asignar la prefinanciación a las empresas en plazos.

Además, el Consejo ha tratado de limitar la carga administrativa del reglamento revisado especificando que la Comisión debe elaborar orientaciones no vinculantes tanto para los Estados miembros como para las empresas.

En cuanto a la determinación de la contribución financiera, el Consejo ha actualizado la propuesta legislativa de la Comisión para establecer un límite máximo de cuatro millones de euros al año para cualquier empresa. El objetivo es reducir el riesgo de que una sola empresa agote los recursos del FEAG, garantizando que la financiación esté disponible en todos los Estados miembros.

Próximos pasos

Una vez que el Parlamento Europeo haya establecido su posición, las dos instituciones entablarán negociaciones para acordar el texto definitivo.

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