UGT celebra la aprobación de nuevas normas contra la brecha salarial

Desde UGT no toleramos ningún tipo de discriminación salarial por motivos de género y, por tanto, aplaudimos que se adopte esta nueva normativa, una de nuestras mayores reivindicaciones en el ámbito sindical.

La nueva legislación obligará a las empresas de más de 100 empleados a informar sobre su brecha salarial, lo que evitará que la remuneración se base en criterios sexistas, consolidando el camino hacia la igualdad de retribución por un trabajo del mismo valor.


Según las nuevas normas, aprobadas por 427 votos a favor, 79 en contra y 76 abstenciones, las estructuras retributivas para comparar salarios deberán basarse en criterios que no hagan diferencias de género. Dichos criterios también deberán aplicarse a los sistemas de evaluación y clasificación de empleos, a los anuncios de vacantes y a la denominación del puesto. Los procesos de selección y contratación deberán llevarse a cabo de forma no discriminatoria.

Si la información sobre salarios muestra una diferencia de género de al menos un 5 %, los empleadores tendrán que efectuar un análisis conjunto de los salarios en cooperación con los representantes de las personas trabajadoras. Los Estados miembros tendrán que establecer sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias para los empleadores que infrinjan las normas. Las personas trabajadoras que hayan sufrido daños como resultado de una infracción tendrán derecho a pedir una indemnización. Por primera vez, las normas incluyen la discriminación interseccional y los derechos de las personas no binarias en su ámbito de aplicación.

Las normas estipulan que las personas trabajadoras y sus representantes tendrán derecho a recibir información clara y detallada sobre los salarios individuales y medios, desglosados por género. También pondrán fin al secreto salarial: se prohibirán las cláusulas contractuales que impidan a las personas trabajadoras revelar cuánto ganan o buscar información sobre otras categorías profesionales o la suya propia.

En cuestiones relacionadas con la remuneración, la carga de la prueba pasará de la persona trabajadora a la empleadora. En aquellos casos en los que una persona trabajadora considere que no se ha aplicado el principio de igualdad de retribución y acuda a la justicia, la legislación nacional deberá obligar al empleador a demostrar que no ha habido discriminación.

El Consejo deberá aprobar formalmente el acuerdo antes de que el texto se convierta en ley y se publique en el Diario Oficial de la UE. Las nuevas normas entrarán en vigor veinte días después de su publicación.

La normativa española en materia de igualdad retributiva entre mujeres y hombres es una de las más avanzadas de la Unión Europea y son fruto del Diálogo Social en el que UGT ha participado tanto en el desarrollo normativo, como en la elaboración de las herramientas para dar cumplimiento a la legislación vigente: registros salariales, valoración de puestos de trabajo con perspectiva de género y auditorías salariales.

El problema de la norma española y que la futura Directiva de Transparencia Salarial no va a resolver son las sanciones disuasorias a los empresarios que incumplen en materia de igualdad salarial entre mujeres y hombres.

Desde UGT, a través del Comité de Mujeres de la Confederación Europea de Sindicatos ha participado en las presiones al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea, para que esta norma europea vea la luz.

Celebramos el paso adelante que se ha dado y que sin duda beneficiará a los países de la Unión Europea que aún no cuentan con ninguna norma en esta materia.

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