El Consejo adopta una normativa sobre emisiones de CO2 para coches y furgonetas

El Consejo ha adoptado hoy un Reglamento por el que se establecen normas más estrictas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos y furgonetas nuevos. Las nuevas normas tienen por objeto reducir las emisiones del transporte por carretera, que es el que más emisiones genera, y dar el impulso adecuado para que la industria automovilística se oriente hacia la movilidad de emisiones cero, garantizando al mismo tiempo la innovación continua en el sector.

Las nuevas normas fijan los siguientes objetivos:

  • Reducción del 55% de las emisiones de CO2 de los turismos nuevos y del 50% de las furgonetas nuevas de 2030 a 2034 en comparación con los niveles de 2021.
  • Reducción del 100% de las emisiones de CO2 de coches y furgonetas nuevos a partir de 2035.

A partir de 2025 y hasta finales de 2029 estará en vigor un mecanismo regulador de incentivos para los vehículos de emisiones cero y bajas (ZLEV). En el marco de este mecanismo, si un fabricante cumple determinados criterios de referencia para la venta de vehículos de emisiones cero y bajas, puede ser recompensado con objetivos de CO2 menos estrictos. El valor de referencia está fijado en el 25% para los turismos y el 17% para las furgonetas.

El Reglamento contiene una referencia a los e-combustibles, según la cual, tras una consulta con las partes interesadas, la Comisión presentará una propuesta para la matriculación de vehículos que funcionen exclusivamente con combustibles neutros en emisiones de CO2, después de 2035, de conformidad con la legislación de la UE, fuera del ámbito de aplicación de las normas sobre flotas, y de conformidad con el objetivo de neutralidad climática de la UE.

El Reglamento incluye una cláusula de revisión que prevé que, en 2026, la Comisión evalúe a fondo los progresos realizados hacia la consecución de los objetivos de reducción del 100% de las emisiones para 2035 y la posible necesidad de revisarlos. La revisión tendrá en cuenta los avances tecnológicos, también en lo que respecta a las tecnologías híbridas enchufables, y la importancia de una transición viable y socialmente equitativa hacia las emisiones cero.

Además, el reglamento incluye otras disposiciones como:

  • reducir gradualmente el tope de créditos de emisión que los fabricantes pueden recibir por ecoinnovaciones que reduzcan de forma verificable las emisiones de CO2 en carretera, hasta un máximo de 4 g/km al año a partir de 2030 y hasta finales de 2034 (actualmente está fijado en 7 g/km al año);
  • una metodología común de la UE, que la Comisión deberá desarrollar antes de 2025, para evaluar el ciclo de vida completo de las emisiones de CO2 de los automóviles y furgonetas comercializados en la UE, así como de los combustibles y la energía consumidos por estos vehículos.

El Reglamento mantiene una excepción para los fabricantes de pequeño volumen hasta finales de 2035.

Me complace ver que la UE cumple sus promesas con el paquete «Fit for 55». Las nuevas normas brindarán oportunidades a las tecnologías de vanguardia y crearán el impulso necesario para que la industria invierta en un futuro sin combustibles fósiles.

Romina Pourmokhtari, Ministra sueca de Clima y Medio Ambiente

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