El TJUE avala la ley de amnistía al descartar que contravenga las normas europeas y allana el camino al regreso de Puigdemont

El tribunal europeo falla que la ley española no se opone a los intereses financieros de la UE ni contraviene el derecho comunitario en materia de terrorismo.


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este jueves ampliamente la ley de amnistía en lo que respecta al derecho comunitario, al considerar que la normativa ni choca contra los intereses financieros de la Unión Europea ni es contraria tampoco a la directiva en materia de terrorismo.

En respuesta a sendas cuestiones prejudiciales enviadas desde el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, los jueces de Luxemburgo han confirmado así la opinión ya expresada por el abogado general de la institución judicial el pasado noviembre, quien a pesar de que la ley fue aprobada en condiciones muy particulares —como condición de ERC y Junts para investir a Pedro Sánchez— y sin consultar a la justicia europea, dio ya su visto bueno a la norma, que consideró fue aprobada “en un contexto real de reconciliación política y social” y que no constituye una “autoamnistía”.

“No puede considerarse que los intereses financieros de la Unión se vean afectados por la mera disminución de la renta nacional bruta que podría potencialmente derivarse de la secesión de una parte del territorio nacional”, razonan en torno a la cuestión de la malversación los jueces en su primera sentencia sobre la amnistía, que se espera tenga un efecto dominó que los líderes independentistas confían en que acabe obligando al Tribunal Supremo a amnistiar al expresident Carles Puigdemont y al resto de líderes a los que procesó o condenó por malversación. Todos han recurrido esa decisión ante el Tribunal Constitucional, que estaba a la espera de la respuesta del TJUE para resolver los presentados por los principales dirigentes del procés, que consideran que el Supremo está vulnerando sus derechos fundamentales.

Para Puigdemont era especialmente importante la decisión sobre la malversación, porque el Supremo mantiene una orden de detención en su contra al considerar que la amnistía no es aplicable por el delito de malversación y que el uso de fondos públicos para pagar los gastos del procés es una forma también de enriquecimiento personal, extremo que rechaza fehacientemente la defensa del líder de Junts.

El segundo fallo, en materia de terrorismo, afectará a la docena de miembros de los llamados Comités de Defensa de la República (CDR), los piquetes surgidos en Cataluña para imponer la secesión tras el referéndum ilegal, que han sido procesados por la Audiencia Nacional por delitos de terrorismo. También en este caso los jueces de Luxemburgo dicen no ver contradicción con el derecho europeo: “La ley española de amnistía no menoscaba el efecto útil de la directiva relativa a la lucha contra el terrorismo”, indican.


Fuente: El TJUE avala la ley de amnistía al descartar que contravenga las normas europeas y allana el camino al regreso de Puigdemont | España | EL PAÍS

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