El Consejo aprueba la votación por poder para las eurodiputadas durante el embarazo y tras el parto

Hoy, el Consejo ha acordado modificar la ley electoral europea para permitir el voto por poder en el Parlamento Europeo (PE) durante la última etapa del embarazo y los primeros meses de maternidad.

Una diputada al Parlamento Europeo (MEP) que esté embarazada o haya dado a luz recientemente podrá delegar su voto en otra diputada durante un máximo de tres meses antes de la fecha prevista del parto y hasta seis meses después del parto.

El acuerdo alcanzado hoy gira en torno a la igualdad, la inclusión y la representación democrática. Al permitir el voto por poder a las eurodiputadas que estén embarazadas o hayan dado a luz recientemente, estamos apoyando activamente la participación de las mujeres en la política europea, facilitándoles la conciliación de sus funciones parlamentarias con la maternidad. Esta medida aumentará la confianza en nuestros procesos democráticos y reforzará la participación democrática. Esperamos con interés el visto bueno del Parlamento Europeo.

Marilena Raouna, viceministra de Asuntos Europeos de la República de Chipre

Con vistas a la aplicación práctica del voto por poder, el Consejo añadió a la propuesta inicial del Parlamento que el estatuto de los diputados al Parlamento Europeo debe establecer las condiciones generales que rigen dicha delegación de voto, garantizando el cumplimiento de los principios de transparencia, rendición de cuentas, trazabilidad, seguridad jurídica e integridad del voto. Además, el Reglamento del Parlamento Europeo debe establecer las modalidades de dicha delegación de voto.

Próximos pasos

Tras el acuerdo de principio alcanzado hoy, el Consejo remitirá el texto al PE para su aprobación. A continuación, la propuesta volverá al Consejo para su adopción formal. Por último, el acto deberá ser ratificado por los Estados miembros de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales nacionales antes de que pueda entrar en vigor.

Antecedentes

Las normas vigentes establecen que el mandato de un diputado al Parlamento Europeo es personal, lo que exige que su voto se emita individualmente y en persona. El 13 de noviembre de 2025, el PE adoptó una resolución para una revisión específica de la Ley Electoral Europea.

Este expediente sigue un «procedimiento legislativo especial» en virtud del cual el Parlamento Europeo adopta en primer lugar una propuesta, que luego se transmite al Consejo. A continuación, el Consejo debe definir su posición sobre la propuesta y solicitar el consentimiento del Parlamento.

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