El Consejo de Europa vuelve a pedir a España que reforme la indemnización por despido improcedente

Estrasburgo reclama que las compensaciones tengan en cuenta la situación particular del empleado y aumenta la presión al Gobierno para que afronte una modificación legislativa.


El Consejo de Europa insiste: España vulnera la Carta Social Europea con su normativa sobre indemnizaciones por despido improcedente y por ello le pide que acometa una reforma legislativa. El Comité de Ministros del Consejo de Europa (órgano ejecutivo de la institución) ha aprobado este miércoles una recomendación a España para que cambie su normativa indemnizatoria, petición que deriva de la resolución que emitió el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) en marzo del año pasado ante una reclamación de CC OO. En ella repitió la interpretación que ya hizo antes en respuesta a una queja parecida de UGT y que se resolvió con el mismo resultado. La insistencia europea redobla la presión al Gobierno para acometer una reforma, que el Ministerio de Trabajo y los sindicatos defienden y que rechazan tanto las patronales como el Ministerio de Economía.

El Comité recomienda a España “proceder a la revisión y modificación de la legislación pertinente” con el objetivo de “garantizar que la indemnización concedida en los casos de despido ilícito, así como cualquier baremo utilizado para calcularla, tenga en cuenta el daño real sufrido por la víctima y las circunstancias individuales de su caso”. Asimismo, el Consejo de Europa anima a “proseguir los esfuerzos para garantizar que el importe de las indemnizaciones, tanto por daños materiales como morales, concedidas a las víctimas de despido sin causa válida, incluidos los trabajadores temporales contratados en fraude de ley, sea disuasorio para el empleador, a fin de asegurar la protección de los trabajadores frente a dichos despidos ilícitos”. Estrasburgo también pide a España “adoptar medidas para garantizar que los tribunales nacionales puedan valorar la procedencia de la readmisión en consulta con las partes del procedimiento”.

La Carta Social Europea, de la que deriva esta petición, es un tratado internacional ratificado por España en 2021. La sección b) del artículo 24 de ese texto establece “el derecho de los trabajadores despedidos sin razón válida a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada”. El CEDS interpreta que el sistema español tasado en días —un máximo de 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades, 45 días para los periodos previos a 2012— no siempre resarce a esos despedidos sin causa, escenario habitual cuando la relación laboral ha sido corta. Por ello, el organismo con sede en Estrasburgo subraya que la normativa española viola ese principio.

La ratificación de la Carta, antes de las resoluciones del CEDS y la petición anterior del Comité de Ministros, ya hizo que distintos juzgados vieran sustento legal para conceder indemnizaciones adicionales a las tasadas en días, que tuvieran en cuenta la situación de cada empleado. Ese fue el escenario en el caso pionero en España, una sentencia dictada en Barcelona en enero de 2023: reconoció una indemnización superior a los 33 días para una trabajadora despedida en marzo de 2020, justo antes de la explosión de la pandemia —lo que le impedía acogerse a los ERTE (expediente de regulación temporal de empleo)— y solo cinco meses después de que firmase el contrato.

Ese tipo de decisiones se replicaron de forma puntual desde entonces, hasta que el Supremo las cortó en seco. El alto tribunal rechazó que las indemnizaciones adicionales quepan en la legislación española en diciembre de 2024 y se ratificó en julio de 2025, entonces tomando en cuenta la ratificación de la Carta Social Europea. Este posicionamiento del Supremo (con el que discreparon tres de los 13 magistrados) fue criticadísimo por los sindicatos por la doble interpretación del CEDS a favor de sus postulados. Es más, están tan en contra de ese pronunciamiento que han registrado un recurso de amparo ante el Constitucional.

Ese rechazo del Supremo es el principal argumento de CEOE para desechar la reforma legal que defienden Trabajo y los sindicatos. El 29 de mayo se celebró en el ministerio la segunda reunión para abordar el cambio, en la que participaron tanto las centrales como los empresarios, aunque los segundos habían anunciado que no acudirían. Pese a participar en el diálogo, las expectativas de un posible acuerdo son escasas, dada la diametralmente opuesta lectura de los representantes de los empleados y de los empleadores.

Trabajo se comprometió en esa reunión a elaborar un texto articulado, que defina un proyecto de ley que llevar al Legislativo. Sin embargo, sin respaldo patronal esa norma apenas tendrá opciones de éxito. La mayoría de derechas en el Congreso ya rechazó la reducción de jornada, con más posibilidades de respaldo entre los grupos políticos. Fuentes conocedoras de las posiciones de cada partido insisten en que el no a este cambio no se limitaría a PP, Vox y Junts, sino que, como se ha visibilizado con el estatuto del becario, también se extendería al PNV.

Es más, ni siquiera hay consenso dentro del Gobierno, con Economía en contra de una modificación, aunque PSOE y Sumar prometieron en su pacto de gobierno un ajuste de la normativa española a la Carta Social Europea.

Diferencias en los agentes sociales

UGT y CC OO difundieron en abril su propuesta conjunta para reformular el despido en España, con la que creen que España cumpliría con la Carta Social Europea. Proponen que las indemnizaciones pasen a estar formadas por tres partes: una indemnización mínima (que no precisan, pero se refieren a los casos italiano y francés, donde son seis y tres meses de sueldo, respectivamente); una indemnización, como la actual, tasada, que tampoco especifican, pero apuntan que la negociación para esta reforma deberá partir de los 45 días y no de los 33 actuales; y, en tercer lugar, generalizar la posibilidad de que el juez otorgue una compensación adicional para reparar daños si así lo considera.

Las patronales rechazan este planteamiento. Tras terminar la última mesa de negociación, fuentes de la CEOE dijeron que habían acudido al encuentro para manifestar su “oposición” a negociar cambios regulatorios en el despido, “de conformidad con la tesis del Tribunal Supremo, que ya emitió sentencia en unificación de doctrina al respecto, en julio del año pasado, en el sentido de que la legislación española se adapta a la Carta Social Europea y los convenios de la OIT y que las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales no son vinculantes para los Estados ni ejecutivas para los tribunales”.


Fuente: El Consejo de Europa vuelve a pedir a España que reforme la indemnización por despido improcedente | Economía | EL PAÍS

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