Trasposición de la Directiva para unas condiciones laborales más transparentes y previsibles para trabajadores de la UE

El día 1 de agosto, se cumplió el plazo para que los Estados miembros de la UE transpongan al Derecho nacional la Directiva relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles. La Directiva ofrece una protección y unos derechos laborales más amplios y actualizados a los 182 millones de trabajadores de la UE.

Con las nuevas normas, los trabajadores tendrán derecho a que sus condiciones de trabajo sean más previsibles. También tendrán derecho a recibir oportunamente información más completa sobre los aspectos esenciales de su trabajo, como el lugar de trabajo y la remuneración. Esto supone un paso importante hacia una Europa social fuerte y contribuye a convertir el pilar europeo de derechos sociales en una realidad tangible para las personas en toda la UE.

Los derechos laborales y la protección de los trabajadores se amplían y actualizan para adaptarse al nuevo mundo del trabajo. Con la Directiva relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles, los trabajadores de la UE tendrán derecho:

  • a una información más completa sobre los aspectos esenciales de su trabajo, que deberán recibir a su debido tiempo y por escrito;
  • a la limitación de la duración de los períodos de prueba a seis meses;
  • a aceptar otro empleo con otro empleador; cualquier restricción a este derecho debe justificarse con argumentos objetivos;
  • a ser informado, con razonable antelación, de cuándo deberá realizarse el trabajo, especialmente en el caso de los trabajadores con horarios laborales imprevisibles y trabajo según demanda;
  • a medidas eficaces que eviten el abuso del trabajo con contratos de cero horas;
  • a recibir una respuesta por escrito a su solicitud de ser trasladados a un puesto más seguro;
  • a recibir formación obligatoria gratuita relacionada con el puesto de trabajo cuando el empleador tenga la obligación de proporcionarla.

Se calcula que entre 2 y 3 millones de trabajadores con formas de empleo precarias y atípicas, incluidos el trabajo a tiempo parcial, el temporal y el trabajo según demanda, disfrutarán ahora de derechos en cuanto a la información sobre sus condiciones de empleo y una nueva protección. Al mismo tiempo, la Directiva respeta la flexibilidad del empleo atípico, preservando así sus beneficios para los trabajadores y los empleadores.

La Directiva también beneficiará a los empleadores al garantizar que la protección de los trabajadores siga estando en consonancia con la evolución más reciente de los mercados de trabajo, mediante la reducción de los obstáculos administrativos para los empleadores, por ejemplo haciendo posible el suministro electrónico de información, y la creación de condiciones de competencia equitativas entre empleadores, permitiendo una competencia leal sobre la base un nivel equivalente de derechos laborales mínimos.

Desde UGT, entendiendo que los mercados laborales han experimentado profundas modificaciones inducidas por los cambios demográficos y la digitalización, consideramos necesario generar certidumbre, a través de un marco jurídico adecuado, respecto a los derechos laborales y la protección social ante relaciones de trabajo que ya no son tradicionales, contribuyendo a garantizar empleo de calidad y asegurar la estabilidad de las personas trabajadoras, permitiéndoles planificar sus vidas. Por todo ello, exigimos un mayor y más rápido desarrollo del Pilar Social Europeo de Derechos Sociales.

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